Trámites y Servicios

Información útil y acceso a trámites y servicios

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Descripción del trámite: Acto mediante el cual se autoriza la extensión de la estancia en el territorio nacional a los cubanos residentes en el exterior.

Requisitos:

  • Pasaporte habilitado.
  • Póliza de seguro médico.
  • Pago de impuesto en sellos de timbre conforme a lo establecido por el Ministerio de Finanzas y Precios.

Base legal que lo respalda:
Edición actualizada de la Ley 1312/76 y su Reglamento.
Ley No. 113/2012  del Sistema Tributario del Ministerio de Finanzas y Precios

Costo: $ 25.00 CUC en sellos del timbre.
Tiempo de duración aproximado: inmediato
Formatos: Modelo entrada solicitudes migratorias (AO-3)

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Descripción del trámite: Autorización de entrada por razón humanitaria a favor de los ciudadanos cubanos emigrados para visitar sus familiares allegados que hayan fallecido o se encuentren gravemente enfermo.

Requisitos:

  • Carné de identidad actualizado de la persona que sirve de referencia en Cuba.
  • Resumen de historia clínica del enfermo en Cuba o certificación de defunción, según corresponda.
  • Formulario de solicitud de entrada a Cuba (AP-1).
  • Formulario de la persona de referencia (AP-3).

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Descripción del trámite: Solicitud que realizan los emigrados cubanos que pretenden establecer su residencia nuevamente en el territorio  nacional, serán formuladas por los interesados en los consulados cubanos en el exterior o en los órganos de trámites del MININT. Puede solicitarse además, por la persona de referencia residente en Cuba.

Requisitos por negativa de regreso en el territorio nacional:

  • Presencia física del titular.
  • Pasaporte.
  • Formulario de solicitud de entrada (AP-1) en original y copia.
  • Formulario de la persona de referencia en Cuba (AP-3) en original y copia.
  • Documento de identidad de la persona de referencia en Cuba.
  • Declaración jurada la persona de referencia que en Cuba se compromete a garantizar su alojamiento y manutención cuando corresponda, hasta tanto el interesado pueda disponer de vivienda e ingresos propios.
  • Pago de impuesto en sellos del timbre conforme a lo establecido por el Ministerio de Finanzas y Precios.

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