El tránsito que se realice de un estudiante dentro del municipio debe aprobarlo la escuela y la Dirección Municipal de Educación y el que se realice fuera de la provincia debe ser aprobado por la escuela, la Dirección Municipal y Provincial de Educación.
Los estudiantes que estén de tránsito no podrán viajar con el Expediente Acumulativo del Escolar, por lo que se considera una violación que la familia tenga en su poder este documento.
Deben presentar una carta de aceptación de la escuela del lugar donde va a residir temporalmente.
Al terminar el tránsito, si el alumno se incorpora a la escuela donde es matrícula, debe presentar un documento emitido por el centro donde cursó estudios en el cual se especifiquen los resultados obtenidos en el aprendizaje de las asignaturas, así como algún hecho significativo que sea necesario destacar.
El tránsito no excederá de un curso escolar y se tendrá en cuenta la situación de cada estudiante y su familia para aprobar el tiempo de permanencia del estudiante en la escuela donde se encuentra temporalmente.
En el caso de los escolares de 6to grado se deberá valorar la continuidad de estudio de este a partir de su permanencia en el lugar de residencia por un término que exceda al tránsito aprobado por la Dirección Municipal de Educación.
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