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¿Cómo aportan las empresas filiales al dinamismo de la economía cubana? (Parte I)

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Un total de 213 empresas filiales han surgido en Cuba desde la aprobación en 2021 del Decreto Ley 34, principal impulsor del perfeccionamiento de la empresa estatal socialista, y pieza clave para la diversificación y especialización de actividades, que han añadido dinamismo y oportunidades de crecimiento.

De acuerdo con la normativa, estas figuras organizativas son entidades con personalidad jurídica propia, creadas por empresas estatales para ejecutar ciclos productivos totales o parciales. Asimismo, pueden desarrollar actividades de diferente naturaleza.

Las filiales se subordinan a la empresa que las crea y pueden surgir a partir de unidades empresariales de base (UEB) existentes o como resultado de nuevos negocios o inversiones, siempre manteniendo un vínculo productivo con la “empresa madre”. Además, tienen la capacidad de acceder a créditos y elaborar estados financieros independientes.

Actualmente las entidades de este tipo creadas en el país, se centran en las ramas de comercio y gastronomía (en Artemisa y Mayabeque), los servicios automotores, el procesamiento y conservación de vegetales, el torcido del tabaco, la transportación de carga y de escolares, la industria azucarera y sus derivados, la industria electrónica, además de la actividad pesquera.

Desde su génesis hasta hoy ¿cómo han impactado estas empresas en la economía del país? ¿qué puede estar limitando su desarrollo? ¿De qué manera se trabaja para superar esas posibles barreras?

***

Para la directora jurídica del MEP, Ivonne Rodríguez Rodríguez, lo que más ha motivado el surgimiento de las empresas filiales ha sido la necesidad de acercar las decisiones a los lugares donde se generan las actividades económicas.

El desarrollo de estas, según explicó, viene aparejado de una mayor autonomía en la gestión financiera y operatoria diaria, además del incremento de la eficiencia en los ciclos productivos, el aumento de volúmenes de bienes y servicios creados, los ingresos y beneficios para el trabajador, en primera instancia, y también a la entidad y el territorio donde radican.

“La inmensa mayoría, han surgido a partir de UEB. Realmente son pocas las originadas a raíz de nuevos negocios e inversiones”, valoró.

Según la funcionaria, al constituir una empresa filial se tiene cuidado en que no se trunque un ciclo productivo, lo cual en la cadena de valor podría conllevar a un aumento del margen comercial y un incremento del precio final del producto. Donde ha surtido mejor efecto, precisó, es cuando se desarrolla un ciclo productivo completo.

“Por ejemplo, hay empresas que tienen una UEB de seguridad y protección, que brindan ese servicio a todo el ciclo productivo y no interfiere propiamente en la cadena de valor. Hay muchas que han creado empresas filiales de seguridad y protección para darle autonomía en esa actividad y facultades en la toma de decisiones.

“En ese caso, como empresa filial dispone de toda la facultad como cualquier otra empresa. Con excepción de estas limitaciones de la norma, que le aporta el rendimiento de la inversión a la empresa madre, que aprueba la distribución de utilidades y la creación de la reserva.

“Por tanto, es aplicable la política de flexibilización de los objetos sociales. Ese servicio que ofrece una entidad de seguridad y protección, a pesar de que su misión es custodiar el patrimonio de la empresa de la cual se desprendió, también puede desempeñarse en cualquier otra institución y prestar, además, otra actividad secundaria que su máximo órgano colegiado apruebe.

La funcionaria precisó que, de igual manera, una empresa filial puede tener vínculos y relaciones contractuales con cualquier otro actor económico, lo mismo del sector estatal que del no estatal.

Reconoció también como una facultad de la dirección de la empresa, la aprobación de la estructura y plantilla, en función del objeto social a desarrollar y para satisfacer la cartera de negocios que tenga.

Una ventaja de las empresas filiales respecto a los actores económicos no estatales es que estos últimos únicamente pueden realizar las actividades para las cuales se aprueban, en tanto, la empresa estatal no y además de su objeto social definido por el MEP, puede ejecutar cualquier actividad lícita, de producción, comercialización y servicio, tenga vínculo o no, con su objeto social y sean, incluso, las que les genere mayores ingreso.

A su juicio, “hay cuestiones que se deben revisar en la norma, por ejemplo, la concepción y propuesta del plan anual de las empresas filiales a su Organización Superior de Dirección Empresarial (OSDE)”, destacó Rodríguez, y calificó como contradictorio el proceso de planificación, mas porque ese plan nace de la base, del análisis, discusión y razonamiento de los trabajadores, y que además la empresa filial posee personalidad jurídica.

“Aunque esté en la norma, hoy no se ha cumplido. Evidentemente en el Decreto no quedó bien elaborado y por suerte a partir de las indicaciones metodológicas del MEP y de la Central de Trabajadores de Cuba, se ha contribuido a que no suceda de ese modo”, enfatizó.

Repartición de utilidades: Una distorsión por corregir

A decir de Ivonne Rodríguez, es muy cuestionado por los empresarios el proceso de distribución de utilidades, sujeto a la aprobación de la entidad que constituyó a la filial, y en detrimento de la personalidad jurídica otorgada mediante la norma. “Estamos intentando resolver la distorsión que consideramos que existe jurídicamente para y con las UEB, a través del anteproyecto de la Ley de Empresa”, adelantó.

“Realmente en el Decreto ley 34 le dimos facultades a la UEB que no tiene, y no es más que una estructura dentro de la empresa para poder producir bienes y servicios, pero no debe tener entidad para establecerla y sacarla a la luz en una norma con determinadas facultades.

“En el anteproyecto de Ley de Empresa como un capítulo más, como una excepción de la norma, para nada estamos incluyendo a la Unidad Empresarial de Base, porque es la empresa a la que hay que legislar, en la que hay que concentrarse, no a su estructura hacia dentro, porque ella [la UEB] no tiene entidad en sí misma para que amerite una normativa”, añadió.

De acuerdo con la directiva, es el diseño de las empresas filiales, en cuanto a la distribución de utilidades, lo que no ha posibilitado que prolifere más la figura, pero, reconoció que “es esta una de las distorsiones a corregirˮ, puntualizó.

Otro elemento negativo identificado y sobre el cual el MEP ha actuado, ha sido aquellas “empresas madres que han mandatado que sus UEB se conviertan en filiales, lo que ha conllevado a que esas entidades suplanten y casi se conviertan en OSDE centradas en dirigir y controlar empresas filiales, recibiendo incluso el 50 % de las filiales. Ese es un ingreso que no se relaciona con un esfuerzo productivo de bienes y servicios que es realmente a lo que están llamadas”, explicó.

“En materia de contratación, de precios, tarifas, de órganos colegiados de dirección, objeto social, solicitud de créditos, como empresa en sí, aunque tenga el apellido filial, posee muchas más facultades que una UEB por muy autorizada que esté. Sabemos que un Talón de Aquiles hoy es la distribución de utilidades, pero en otros aspectos cuenta con más autonomía.

“Con una buena administración y gestión, la empresa filial es una figura organizativa que puede tener éxito como cualquier otra entidad independiente o integrada a un grupo empresarial, todo está en el buen manejo que se hagaˮ, dijo.

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Como un buen ejemplo que pudiera servir de guía para otros actores económicos de la misma índole, Rodríguez mencionó la creación por el Grupo Empresarial de la Industria de Reciclaje, de una empresa filial en Cayo Santa María con la intención de aprovechar la existencia allí de un polo turístico que requiere procesar residuos y evitar dilaciones ante las decisiones que deben ser tomadas en el propio lugar a diario.

“La vida nos está diciendo que cuando una actividad que es fuerte, consolidada, se encuentra distante de la empresa madre, amerita que se ubique en el lugar una entidad filial.

“Sucede igual con las pesqueras ubicadas en litorales, en zonas aisladas. Se nos dio también recientemente la creación de una empresa de derivados de la azúcar, a partir de un polo turístico que necesitaba comercializar rones, alcoholes, entre otros rubros. Generalmente la propia naturaleza de la actividad favorece la génesis de una empresa filial”, subrayó.

 

Cubadebate.

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