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Comercio regula e implementa la política para la protección al consumidor

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Todas las personas tienen derecho a consumir bienes y servicios de calidad y que no atenten contra su salud, y a acceder a información precisa y veraz sobre estos, así como a recibir un trato equitativo y digno de conformidad con la ley.

La Empresa Provincial de Comercio Artemisa, regula e implementa la política para la protección al consumidor en interés de satisfacer de manera sostenible las necesidades de la población.

Para evitar violaciones de derechos, orienta y educa a consumidores y proveedores en una cultura de consumo responsable y medioambiental.

La Resolución 54/2018 establece los derechos de los consumidores, los cuales no estaban explícitos en ninguna norma rectora, así como los deberes.

ALGUNOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR ESTABLECIDOS EN LAS ENTIDADES PERTENECIENTES AL COMERCIO MINORISTA.

- A la satisfacción de sus necesidades básicas, a través del acceso a los bienes y servicios básicos esenciales mediante las diferentes modalidades establecidas en el país y acorde a sus ingresos.

- A la protección de la vida, la salud y la seguridad del consumidor, contra los riesgos provocados en el abastecimiento de productos y servicios considerados como peligrosos, nocivos y contra la mala calidad y la publicidad falsa o engañosa.

- A la protección de sus ingresos económicos, mediante el trato equitativo, justo y respetuoso en las transacciones de compraventa y contractuales y contra métodos comerciales coercitivos o que impliquen desinformación sobre los productos y servicios.

- A la información, o sea, a recibir toda la información veraz y oportuna sobre los diferentes bienes y servicios, con especificación correcta de cantidad, características, composición, calidad y precio, así como sobre los riesgos que representan.

- A la educación y la divulgación sobre el consumo adecuado de bienes o servicios que aseguren la libertad de elección, la equidad en la realización de intercambio y la preparación del consumidor para ejecutar un consumo responsable.

- A escoger, que da la posibilidad de satisfacer las necesidades de los consumidores de acuerdo con sus expectativas, gustos, preferencias, todo ello dentro de un marco nacional y en consonancia con las posibilidades y condiciones específicas de la economía nacional.

- A que no se atente contra la conservación y preservación del medio ambiente.

- A la reparación íntegra, oportuna y adecuada por daños y perjuicios, consecuencia de la adquisición de los bienes o servicios, que se ofrecen en el mercado y a la compensación efectiva, siempre que ello sea factible, según lo regulado ante el incumplimiento del proveedor.

- A acceder a los órganos correspondientes para la protección de sus derechos con vistas a exponer sus opiniones y reclamaciones en las diferentes instancias, creándose las condiciones para que se analicen, mediante procedimientos ágiles y eficaces.

Descargar Resolución en el siguiente vínculo:

RESOLUCIÓN No. 54/2018 sobre Protección al Consumidor

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