La Resolución 200 del 2021 emitida por el Ministerio de Trasporte fue publicada este martes en la Gaceta Extraordinaria número 63 de la República de Cuba. Quince días después de su publicación entrará en vigor el proceso de homologación de vehículos, no registrados, que se han armado por partes y piezas, además de legalizar aquellos a los cuales se les han hecho cambios y conversiones en etapas anteriores.
En un primer levantamiento, el país detectó la existencia de más de 40 mil vehículos con similares condiciones, de ahí la necesidad de aplicar una normativa que permitiese homologarlos, de acuerdo a los principios de la legislación vigente y velar por la seguridad automotor.
El Director general del Departamento Automotor del Ministerio de Trasporte, Mario Pérez Ventura explicó que el proceso contará de tres etapas. La primera y la segunda, de un mes de duración, están centradas en el censo de aquellos vehículos que no han sido registrados y en la homologación de vehículos con cambios y conversiones respectivamente.
“El 5 de octubre comenzará la tercera etapa vinculada con el registro de vehículos armados por partes y piezas. En este proceso participará la comisión de las provincias junto a otros especialistas. A partir del testimonio del propietario del vehículo, en su declaración jurada sobre el origen de las partes y piezas empleadas para armar el vehículo, se llevará a cabo la revisión técnica del mismo”, acotó el directivo.
Igualmente deberán presentar fotos del vehículo y el documento que lo acredita como propietario del mismo. Vale destacar en el caso particular de la declaración jurada no se pedirá ningún documento para certificar la procedencia de las partes y piezas, no obstante estas deberán ser de procedencia lícita.
Pérez Ventura aseguró que el proceso de revisión se realizará de forma ordenada a través de una convocatoria, en la que cada provincia será responsable de organizar el proceso de acuerdo a las características de su territorio y siempre respetando las medidas sanitarias impuestas por la pandemia.
“Nos toca certificar, por única vez, que el vehículo conformado por partes y piezas tenga todos los requisitos de seguridad vial que le permita transitar por la vía pública sin contratiempos. Se ha elaborado un documento que contempla todos los aspectos a evaluar durante la revisión técnica”, puntualizó.
Aquellos vehículos declarados no aptos por incumplir los requisitos establecidos para su legalización se les otorgarán un plazo de hasta seis meses para corregir los errores y volverse a presentar. Sin embargo quienes no logren homologar el vehículo en el periodo acordado no podrán presentarse nuevamente.
Los vehículos que se declaren aptos se les entregarán la denominación vehículos armados por partes (VAP) y un número para asentarse en el registro de vehículos. Para su mayor seguridad, la aprobación final del proceso se hará desde el Ministerio de Trasporte.
CUBADEABTE
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