Misión del Comercio Interior: dirigir, controlar, y fiscalizar las políticas del estado y del gobierno en cuanto al comercio interior mayorista y minorista, la logística de almacenes y la Protección al Consumidor.
Aprueba las indicaciones para la organización y ejecución de la Protección al Consumior en el sistema de Comercio Interior, éstas indicaciones que estan dirigidas a las personas naturales y jurídicas que realizan la actividad de comercio, relacionadas con la venta de mercancias, gastronomía, servicios técnicos, personales y alojamiento, para proteger los interesesy derechos de los consumidores.
Principios de la Protección al Consumidor:
1.- Respeto a los derechos: los derechos del consumidor son inviolables por los proveedores e irrenunciables por los consumidores.
2.- Educación, información y divulgación en materia de consumo: se aplica tanto para consumidores como para proveedores y están encaminadas al fomento y elevación de la cultura del consumo sostenible y responsable.
3.- Actuación ética y responsable del proveedor: quien desarrolla la actividad productiva y de servicios, adopta normas éticas y de conducta, evita prácticas comerciales abusivas o engañosas que perjudiquen la seguridad, salud y los intereses de los consumidores, fomenta y promueve modalidades de consumo sostenibles. El proveedor contribuye a la mejora social, económica y ambiental de su entorno organizacional, tanto interno como externo.
4.- Transparencia y profesionalidad: los mecanismos, procedimientos y procesos de las acciones para la Protección al Consumidor, concebidos de forma ágil, objetiva y con un eficiente manejo de los recursos que resultan evidentes, claros y comprensibles para las partes.
5.- Propicia la prevención y mejora continua: se implementa en las acciones, mecanismos y procedimiento de la cadena de valores de producto o el servicio, que permitan minimizar los actos violatorios de los derechos del consumidor, mejora continúa y sistemática del desempeño de la organización, crea la capacidad de perfecionarse, de modo que la Protección al Consumidor se grantice con mayor espectativas.
Es importante que la población conozca que la primera instancia donde usted debe acudir a garantizar su inquietud es en la misma unidad donde se produjo el maltrato a su persona.
En cada establecimiento comercial de los que se rigen por el Comercio Interior debe existir a la vista de la población un mural de protección al Consumidor que debe contener los datos siguiente:
- Nombre de la unidad
- Integrantes de la comisión de protección al consumidor.
- Deber y derechos de los consumidores.
- Libreta de quejas y sugerencia
- Teléfono al que puede llamar cuando dado los pasos anteriores y la respuesta que le ofrecieron no cubren sus espectativas o no la satisface.
Números de teléfonos para efectuar quejas y reclamaciones:
Municipios | Jefe de la sección | Teléfono fijo o celular | |
Bahía Honda | Carlos Querol Betancourt | 52807598 | |
Mariel | Johannes Fajardo Laurido | 59996695 | |
Guanajay | Flix quintana | 52131669 | |
Caimito | Pablo Pérez marino | 59999014 | |
Bauta | Arturo blanco alpízar | 52152648 | |
San Ant. de los Baños | Yanisleydis milán vega | 52141366 | |
Güira de Melena | Yoanny Durrutí | 52161356 47424172 | |
Alquízar | kiusel páez arcelan | 52146708 | |
Artemisa | Danai Pepsi | 52640649 47362860 | |
Candelaria | Osvaldo garcía pimienta | 59985272 48597240 | |
San Cristóbal | Floraima flor garcía | 52159044 |
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2- Que debe ajustarse al tema del artículo.
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