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Bonificación a los que liquiden antes del 28 de febrero.

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La Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT) alerta a las personas naturales y jurídicas acogerse al beneficio fiscal por pronto pago del impuesto sobre el transporte terrestre. Este impuesto se paga anualmente y su periodo voluntario comienza en enero y culmina el 30 de septiembre. Se concede una bonificación o descuento de un veinte por ciento (20%) de la cantidad a pagar, a todos aquellos que liquiden antes del 28 de febrero.

Este descuento representa una disminución de los gastos  para las personas jurídicas, entiéndase empresas, organismos e instituciones con parque de vehículos motores.
Aquellas personas que realizan el acto de compraventa de un vehículo motor y paga el Impuesto por la trasmisión de bienes o herencias, están obligados a comparecer ante ONAT municipal que le corresponda, para darse alta e inscribirse o darse baja en el Registro de Contribuyente, de lo contrario el anterior propietario mantiene y acumula la deuda con la administración tributaria y por consiguiente con el presupuesto del estado.

El pago se realiza en moneda nacional (CUP) con el modelo de pago CR-09 entregado por las oficinas municipales de la ONAT según el domicilio fiscal del contribuyente y se efectúa en cualquier sucursal bancaria.

Ante cualquier dificultad o consulta que necesiten los contribuyentes, la Administración Tributaria pone a disposición el correo consultas: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. así como el teléfono: 47366580 Extensión: 103 como vías de comunicación, del Departamento de Atención al Contribuyente de la oficina provincial.
                                                  

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