Trámites y Servicios

Información útil y acceso a trámites y servicios

Reordenamiento del trabajo por cuenta propia.

Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado
 
Valoración:
( 0 Rating )
Pin It

 

Nuevas modificaciones publicadas en la Gaceta No. 77 Extraordinaria de 5 de diciembre de 2018, para el reordenamiento del trabajo por cuenta propia. 

Los nuevos cambios en las regulaciones publicadas en la Gaceta Extraordinaria No. 77 de 5 de diciembre de 2018, para el reordenamiento del Trabajo por Cuenta Propia responden a los planteamientos de los trabajadores de este sector en los seminarios impartidos a partir del 10 de julio del presente año. 

Se reafirma la voluntad de mantener y perfeccionar  el Trabajo por Cuenta Propia como un complemento de la actividad económica, que debe operar bajo el principio de orden, legalidad y cumplimiento de las obligaciones tributarias.

 

El Órgano Rector: el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social modifica las Resoluciones 11 y 12 de 2018, a partir de lo dispuesto en la Resolución 24/2018.

  1. Se elimina la prohibición de ejercer más de una actividad, siempre que cumplan lo regulado para el ejercicio del trabajo por cuenta propia.
  2. En un mismo domicilio legal se otorga autorización para ejercer solo una de las actividades siguientes: Servicio gastronómico en restaurante, Servicio gastronómico en cafetería o Servicio de bar y recreación.
  3. Se elimina el límite de 50 capacidades en las actividades de servicio gastronómico en cafetería, en restaurante, y en la de bar y recreación. El límite lo decidirá la capacidad de los locales donde se ejerce la actividad.
  1. Se incluye en el alcance de la actividad panadero-dulcero la venta de bebidas no alcohólicas (incluyendo la cerveza).

Por otra parte el Ministerio de finanzas y precios (MFP)  deroga la Resolución 197/2018 por la Resolución 904/2018. 

  1. Se mantiene la apertura de la cuenta bancaria fiscal a los trabajadores que ejercen las actividades siguientes: Servicio gastronómico en restaurantes, servicio gastronómico en cafetería, servicio de bar y recreación, arrendador de viviendas, habitaciones y espacios, servicios de construcción, reparación y mantenimiento de inmuebles y los transportistas de 4 a 14 pasajeros de la Provincia La Habana.
  1. Se reduce a dos cuotas mensuales tributarias la cuantía del saldo mínimo que debe mantener la cuenta bancaria fiscal. a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Personales, a cuyo pago esté obligado el titular de la misma.
  1. Se incrementa a un 35% el fondo de efectivo para pagos menores e imprevistos de los ingresos brutos. Lo cual no está obligado a depositar en la cuenta bancaria fiscal. Anteriormente sólo se autorizaba el 20% para gastos.

     Departamento de Atención al Contribuyente

    ONAT Provincial de Artemisa

Comentarios recientes:

  • Sobre la bonificación del 6%
    José Carlos Díaz Negrín 18.09.2024 12:20
    Nos comunica el Jefe de Gpo. del Área de Redes inalámbricas que la Radio Base que se encuentra instalada en la Localidad el Chalet es de 3g, por tanto se puede hacer uso de las pasarelas de pago sin problemas. No obstante se puede certificar el lugar ...

    Leer más...

     
  • Sobre la bonificación del 6%
    Neuronas 15.09.2024 00:20
    Debieran revisar si en la localidad de El Chalet se puede utilizar las pasarelas de pago.

    Leer más...

     
  • Enfrentamiento a las ilegalidades en la provincia
    Silvia 13.09.2024 16:22
    Si el enfrentamiento a las ilegalidades contempla que todos los inspectores salgan en tropel y enyobcescierren todos los puestos y tarimas, creo que no está bien, porque ese día se disparan los comentarios negativos sobre rl gobierno y las personas ...

    Leer más...

¿Le ha resultado útil la información publicada en este portal?

¿Hay algún error en esta página? Ayúdenos a mejorar