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La ONAT Informa: Preguntas más frecuentes respecto a las adecuaciones tributarias debido al Covid-19. Resolución 149 del 2020 del Ministerio de Finanzas y Precios. Gaceta 22.

Sobre exoneraciones.


1. ¿Si soy arrendadora en divisa que debo hacer si ya no voy a tener clientes a partir de las medidas tomadas y en abril no habrá turismo?

Respuesta: Debe solicitar la exoneración a la Dirección de Trabajo de su municipio por las vías por ellos establecidas, reflejando sus datos generales, la actividad que ejerce y el periodo de suspensión que solicita, también puede escribir al correo This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it. y solicitar el trámite de suspensión. Se suspende el pago de sus tributos, con excepción del pago de la Contribución a la Seguridad Social, el cual está aplazado hasta el 21 de diciembre. No tiene que ir a la ONAT.

2. Si soy TCP y deseo presentar la suspensión temporal de mi actividad, ¿cómo procedo?:

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Impuestos sobre los Ingresos Personales

La Campaña de Declaración Jurada y Pago de Tributos comenzó el 7 de  enero y se extiende hasta el 30 de abril, período voluntario para la  presentación de la Declaración Jurada en las ONAT municipales que le  corresponde alos contribuyentes según su domicilio fiscal.

Declaran los trabajadores por cuenta propia que pertenecen el Régimen  General y otras figuras como: artistas, diseñadores, comunicadores sociales y el personal que labora en sucursales extranjeras. Deben  llenar dos copias de DJ, sin tachaduras, ni borrones y debidamente  firmadas. Se orienta conservar toda la documentación por un periodo  no menor de 5 años.  

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Realice consultas en línea a la ONAT, formule además sus planteamientos, solicite modelos de declaración jurada (DJ), plegables de temas tributarios así como plantee sus sugerencias e inconformidades a nuestra entidad.

Por favor complete los datos que le exige este formulario Consulta en línea con la ONAT y envíe el formulario al correo This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.

Su consulta será procesada por el Departamento de Atención al Contribuyente de la oficina provincial de la ONAT de Artemisa. Se le dará respuesta por esta vía y se contactará con usted en caso de ser necesario, por teléfono o de forma presencial.

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La Oficina de la Administración Tributaria (ONAT) provincial le posibilita realizar la solicitud de Certificaciones Fiscales en línea. Su solicitud se enviará y tramitará en la ONAT municipal que le corresponda, según su domicilio fiscal. En un plazo de 15 días naturales debe presentarse para recoger su Certificación en la ONAT de su municipio.

Para  recoger su Certificación, recuerde que debe aportar un sello por un valor de 20.00CUP.

Puede solicitar este servicio: Completando los datos que le exige este formulario Certificaciones Fiscales y envíe el formulario al correo This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.

Certificaciones Fiscales:

  1. Certificación de Inscripción en el Registro de Contribuyentes. C-01
  2. Certificación de Residencia Fiscal en Cuba (según convenios para evitar la doble imposición). C-02.
  3. Certificación de Adeudos fiscales. C-03.
  4. Certificación de No Adeudos fiscales. C-04
  5. Certificación de las Contribuciones efectuadas al Régimen de Seguridad Social. C-05
  6. Certificación del Cumplimiento de Obligaciones Tributarias.C-06.
  7. Certificación Fiscal C0-7.

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