La ONAT Informa: Preguntas más frecuentes respecto a las adecuaciones tributarias debido al Covid-19. Resolución 149 del 2020 del Ministerio de Finanzas y Precios. Gaceta 22.
Sobre exoneraciones.
1. ¿Si soy arrendadora en divisa que debo hacer si ya no voy a tener clientes a partir de las medidas tomadas y en abril no habrá turismo?
Respuesta: Debe solicitar la exoneración a la Dirección de Trabajo de su municipio por las vías por ellos establecidas, reflejando sus datos generales, la actividad que ejerce y el periodo de suspensión que solicita, también puede escribir al correo This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it. y solicitar el trámite de suspensión. Se suspende el pago de sus tributos, con excepción del pago de la Contribución a la Seguridad Social, el cual está aplazado hasta el 21 de diciembre. No tiene que ir a la ONAT.
2. Si soy TCP y deseo presentar la suspensión temporal de mi actividad, ¿cómo procedo?: