Descripción del trámite: Acción que se efectúa a los ciudadanos cubanos menores de edad o incapaces residentes en el territorio Nacional titulares de pasaporte corriente expedidos con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto Ley No 302 (Disposición transitoria DL 302), que conserven su vigencia.
Requisitos:
- Presencia física del titular.
- Carné de Identidad o Tarjeta de Menor según corresponda.
- Pasaporte del titular.
- Autorización formalizada ante notario público de los padres o los representantes legales que corresponda, de los menores de 18 años o incapaces.
Base legal que lo respalda:
Edición actualizada de la Ley 1312/76 y su Reglamento.
Ley No. 113/2012 del Sistema Tributario del Ministerio de Finanzas y Precios
Costo: sin gravamen
Tiempo de duración aproximado: inmediato
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