El Decreto-Ley 17 "De la Implementación del Proceso de Ordenamiento Monetario", del 24 de noviembre de 2020, establece la unificación monetaria y cambiaria. La Resolución 425-2020 aprueba aplicar en el mes de enero del año 2021, los precios de los combustibles vigentes en el año 2020. Este proceso demanda la actualización de los precios del combustible (según la Resolución 350-2020), los cuales a partir del 1ro de febrero surtirán efecto. La Unidad Estatal de Tráfico se encarga de notificar a los trabajadores por cuenta propia, titulares de Licencia de Operación de Transporte (LOT), que brindan el servicio de transportación de carga, de pasajeros en la modalidad de "servicio regular" o ambos servicios mediante el uso de tarjetas magnéticas, los precios de venta de los combustibles en pesos cubanos que se comercializarán través de la red de servicentros.
UM: Pesos cubanos por Litros | |
DESCRIPCION | PRECIO DE VENTA DEL SERVICENTRO |
GASOLINA MOTOR (83 OCTANOS) | 14.66 |
GASOLINA MOTOR (90 OCTANOS) | 16.46 |
GASOLINA MOTOR (94 OCTANOS) | 17.37 |
DIESEL REGULAR | 13.99 |
DIESEL ESPECIAL | 15.12 |
GASOLTNA MOTOR (100 OCTANOS) | 20.27 |
Informar que los precios anteriores se aplican a las operaciones que se realicen a partir de las 00:00 horas del 1 de febrero de 2021; por lo que los titulares de LOT referidos en el punto anterior, que utilizan las tarjetas magnéticas de banda habilitadas por Fincimex S.A. para la compra del combustible en la red de servicentros, deberán tener la liquidez suficiente de efectivo depositado en sus cuentas bancarias fiscales, que les permita realizar el pago a Fincimex S.A. del combustible autorizado a consumir antes de concluir el mes de enero de 2020, para que puedan garantizar la continuidad en la prestación de los servicios en febrero de 2020.
Para más información consultar el DN-02-21.
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