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Precisiones sobre los gastos que pueden descontarse en la Declaración Jurada del Impuesto sobre Ingresos Personales.

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El porcentaje de gastos que pueden deducirse en la Declaración Jurada del Impuesto sobre Ingresos Personales (DJ-08) es uno temas que más dudas genera entre los contribuyentes.

A pesar de las noticias sobre el asunto que se han publicado en el Portal Tributario, las páginas de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) en Facebook y Twitter, el canal OnatdeCuba en Telegram, los programas de la Mesa Redonda del pasado 11 y 12 de enero, las respuestas ofrecidas en el foro debate realizado en el sitio Web Cubadebate, el tratamiento del asunto en los medios y los cientos de consultas que al respecto se contestan, las dudas persisten.

Por esa razón, exponemos nuevamente 8 precisiones hechas en las citadas mesas redondas por la Vicejefa de la ONAT, Belkis Pino Hernández:

  1. Todos los gastos, tanto los justificados (porque cuentan con documentos probatorios) como los que no lo son, tienen que estar recogidos en los registros de ingresos y gastos y en los contables.
  2. Los porcentajes de gastos se asocian en este ejercicio fiscal 2022 al total gastos registrados contablemente, no al ingreso, como sucedía en el año anterior.
  3. Existe un 20% que no necesita justificantes para descontarse, considerando los problemas de facturación que hay en el país.
  4. Nunca se pueden descontar gastos superiores a los que se encuentran registrados, o sea el máximo a descontar es el 100%.
  5. Si se posee justificación documental de más del 80% y hasta el 100% se descuenta el 100%.
  6. Si el contribuyente no incurre en gastos, lógicamente no puede tenerlos registrados, por lo tanto, no se descuenta nada por este concepto.
  7. Si los registró y no tiene justificación documental alguna se descuenta el 20% de los registrados.
  8. Si cuenta con justificación documental del 23% de los gastos, por ejemplo, puede restarse, además, el 20% de los registrados que carecen de justificantes. En este caso se deduce en total un 43%.

La ONAT aconseja a los trabajadores por cuenta propia que tributan bajo el régimen general, a los artistas y creadores del sector de la cultura y su personal de apoyo, a los comunicadores sociales y diseñadores y otras personas naturales obligadas a declarar que utilicen “DJ 08 Ingresos Personales para presentar en el 2022” publicada en la sección Descargas/Modelos y Formularios del Portal Tributario.

Se trata de la D-08 Excel, una herramienta informática creada por la ONAT que permite llenar el modelo y calcula el Impuesto sobre los Ingresos Personales al colocar los datos en los lugares indicados. Puede accederse a ella también dando clic sobre su nombre destacado en azul en el párrafo anterior.

Para el personal que labora en sucursales extranjeras, la Oficina recomienda utilizar la denominada: “DJ 08 Ingresos Personales solo para contribuyentes que reciben gratificaciones (Personal que labora en sucursales extranjeras)” que también se encuentra en Descargas y es posible descargar haciendo la misma operación descrita anteriormente.  

Igualmente reitera la ONAT que se imprimen dos copias del modelo llenado con esta herramienta, se firman y luego una se entrega depositándola en el buzón habilitado en la oficina tributaria municipal y la otra se queda en poder del contribuyente y debe conservarla por un período de 5 años.

Asimismo, recuerda que quienes declaren y aporten el tributo hasta el 1ro de marzo pueden descontar como bonificación por pronto pago el 5% del importa a liquidar que resulte de la DJ, el cual se resta automáticamente al colocar la fecha en la DJ-08 Excel.

Además, si utilizan Transfermóvil, Telebanca o los cajeros automáticos para realizar el aporte reciben un descuento adicional del 3%.

Los registros de ingresos y gastos, por su parte se encuentran en la sección Descargas. Pulse sobre los enlaces siguientes para descargarlos:

En tanto los contables, son los dispuestos por la Resolución 346 de 2021 del MFP (Gaceta Ordinaria No.94) que establece las Normas Cubanas de Contabilidad de la Actividad de Trabajo por Cuenta Propia y se hallan en el apartado Legislación.

Departamento de Atención al Contribuyente

ONAT Provincial Artemisa              

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