Amplían en Cuba listado de productos y servicios que pueden ser comercializados directamente al turismo.

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Una ampliación de los servicios y productos agrícolas sin procesar industrialmente, que pueden ser comercializados con los establecimientos hoteleros y gastronómicos del sector del turismo, en pesos cubanos (cup), fue aprobado mediante la resolución 81 del Ministerio de la Agricultura, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

La Comisión Gubernamental de Estímulo y Aseguramiento al Desarrollo del Turismo adoptó esta decisión, sobre la base de los resultados alcanzados, a partir de la experiencia de la implantación de las ventas directas al turismo por las formas productivas.

Con la nueva normativa, se extiende esa posibilidad a los agricultores pequeños, incluyendo a los usufructuarios de tierra, vinculados o no a cooperativas o entidades estatales.

También pueden entablar este vínculo comercial las empresas estatales que tienen en su patrimonio organopónicos, las unidades básicas de producción cooperativa, las cooperativas de producción agropecuaria, y las cooperativas de créditos y servicios, así como los agricultores pequeños.

Los productos agrícolas sin procesar industrialmente que fueron aprobados incluyen flores frescas y plantas ornamentales, arroz consumo, carbón vegetal, arreglos florales, servicios de jardinería, especies y condimentos secos, huevos de gallina y de codorniz, y productos agrícolas procesados y envasados.

También se incluye la carne fresca congelada de ganado menor (ovino, caprino y cunícola), ahumados y subproductos de la carne, y queso, así como productos procesados, elaborados y semielaborados agrícolas y cárnicos.

Granma.