Defensa

Dirección de Defensa

La Dirección de Defensa tiene la misión de auxiliar al Jefe de la Administración a encausar el trabajo integral que en interés de la defensa a este le corresponde realizar.

Para cumplir su misión la dirección de Defensa tiene, además de las funciones comunes enunciadas en el artículo 11, las específicas siguientes: 

  1. Colaborar con el Jefe de la Administración Provincialen la dirección, orientación y el control del cumplimiento de las actividades y tareas de la defensa; así como ejecutar y mantener actualizada la documentación correspondiente;
  2. asesorar, controlar y contribuir con los demás órganos de la Administración Provincial y entidades del territorio en el cumplimiento de las cuestiones que les corresponde en interés de la planificación y organización de la preparación de la defensa territorial y del territorio para la defensa;
  3. estudiar y presentar las consideraciones que correspondan acerca de las implicaciones de las medidas económicas y sociales que se adopten en tiempo de paz, sobre la preparación de la defensa territorial y del territorio para la defensa;
  4. contribuir al desarrollo de las actividades de control a la puesta en completa disposición para la defensa que se realicen a las estructuras subordinadas;
  5. implementar, en coordinación con el resto de los órganos de la Administración Provincial, el sistema de información para la defensa de tiempo de guerra;
  6. asesorar, controlar y contribuir con los órganos de la Administración Provincial que corresponda, en el desarrollo del proceso de formulación (puntualización), conciliación y satisfacción de las demandas para la defensa; el control del estado de las reservas materiales, el cumplimiento del programa de obras del teatro de operaciones militares que se ejecuta por el Gobierno y el proceso de compatibilización de las inversiones, programas científico-técnicos y equipamiento tecnológico en interés de la defensa;
  7. asesorar, controlar y contribuir en la organización y actualización del registro militar de los trabajadores y de los medios y equipos de la reserva militar de las entidades, así como en la elaboración y completamiento de las plantillas de tiempo de guerra;
  8. organizar y asegurar la conformación del Plan Anual de Preparación para la Defensa, contribuir al desarrollo de las diferentes actividades de la preparación del personal; evaluar sus resultados, realizar los informes y presentar las proposiciones que correspondan, incluyendo los planes de medidas; controlar el estado de los aseguramientos material, técnico y financiero a las actividades de la defensa; y
  9. contribuir a mantener actualizados los documentos normativos para situaciones de desastres que corresponden al Presidente de la Administración Provincial; y
  10. organizar y controlar el estado de completamiento y preparación de los integrantes del Grupo Económico Social y de sus subgrupos.